La Cámara de Casación Penal decidió hoy rechazar el pedido de prisión domiciliaria interpuesto por la defensa del ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido. Con esta resolución, el ex funcionario, figura clave del kirchnerismo histórico, deberá continuar cumpliendo su condena por la Tragedia de Once en el penal de Ezeiza.
La decisión judicial no fue unánime. El fallo se consolidó con los votos de los jueces Guillermo Yacobucci y Javier Carbajo, quienes desestimaron los argumentos de la defensa. Por el contrario, el juez Mariano Borinsky votó en disidencia, apoyando la solicitud del ex ministro.
La defensa de De Vido, encabezada por los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, había fundamentado el pedido basándose en dos ejes: la edad del condenado (quien ya superó los 70 años, umbral que la ley contempla para este beneficio) y sus problemas de salud. Argumentaron que el ex funcionario padece afecciones crónicas como diabetes, hipertensión y problemas cardíacos, sosteniendo que el Servicio Penitenciario no le proveía la insulina ni la dieta adecuada.
Sin embargo, los magistrados que rechazaron el pedido aclararon un punto clave para la opinión pública: superar los 70 años no otorga un derecho automático a la prisión domiciliaria. Para acceder a este beneficio, se debe demostrar fehacientemente que la detención en cárcel común pone en riesgo la vida del recluso. Según el tribunal, la defensa no logró probar que el penal de Ezeiza sea incapaz de atender sus necesidades médicas actuales.
Julio De Vido se encuentra detenido desde el pasado 13 de noviembre, momento en que se presentó en los tribunales de Comodoro Py. Su condena quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia por su responsabilidad en el siniestro ferroviario del 12 de febrero de 2012, donde el choque de un tren de la línea Sarmiento en la estación de Once costó la vida a 51 personas. (Agencia OPI Santa Cruz)