El Ministerio de Economía habilitó el ingreso de la Transportadora de Gas del Sur (TGS) al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). La maniobra administrativa legaliza un desembolso corporativo de US$550 millones para ejecutar la “Ampliación del Tramo I del Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno (GPM)“. La normativa nacional garantiza un paquete de exenciones tributarias, aduaneras y cambiarias a favor de la empresa.
El Poder Ejecutivo publicó los lineamientos técnicos este miércoles a través de la Resolución 676/2026 del Boletín Oficial. El documento inscribe el plan de negocios dentro del sector “Petróleo y Gas”. La letra chica de la autorización desglosa la ingeniería financiera y técnica de la obra:
- El Estado reconoce US$513.372.867 como activos computables directos para el régimen de incentivos.
- La contratista proyecta instalar 95.400 HP ISO de potencia de compresión en las plantas operativas.
- La traza troncal conecta la localidad de Tratayén en Neuquén con la terminal de Salliqueló en Buenos Aires.
- La infraestructura suma 14 millones de metros cúbicos diarios a la capacidad de transporte nacional.
Los cronogramas del expediente fijan el inicio formal de la construcción para noviembre de 2025. Los trabajos demandan un plazo de ejecución ininterrumpido de 18 meses. La firma programa el encendido comercial de las válvulas para el 1 de abril de 2027.
El encuadre legal impone condiciones ineludibles a la operadora energética. TGS asume la obligación contractual de destinar un 20% de la inversión total a la contratación de proveedores locales para bienes y obras. El texto oficial exige también acreditar el cumplimiento del 40% de la inversión mínima requerida antes de alcanzar los dos años desde la notificación aprobatoria.
El Banco Central (BCRA) auditó el esquema de financiamiento de la constructora. La autoridad monetaria determinó que los requerimientos de divisas de la empresa evitan alterar la posición neta de las reservas internacionales. La concesionaria financia el tendido asumiendo el riesgo corporativo exclusivo sin avales del Tesoro.
Los anexos legales exponen una renuncia particular de la compañía. TGS declinó solicitar el beneficio de la libre disponibilidad de divisas derivada de los cobros de exportaciones. Esta excepción regulatoria figura expresamente habilitada en el texto del artículo 198 de la Ley 27.742. (Agencia OPI Santa Cruz)