Los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña declararon inadmisible el recurso de la defensa. La ex mandataria mantendrá el monitoreo electrónico y la restricción de salidas a la terraza del edificio.
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el 18 de julio de 2026 el recurso extraordinario de la ex presidenta Cristina Kirchner para revisar las condiciones de su prisión domiciliaria. La resolución judicial bloquea el intento de la defensa de llevar el reclamo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El tribunal declaró inadmisible la presentación efectuada por los abogados de la ex mandataria al certificar que no cumple con los requisitos legales básicos. La defensa pretendía la remoción de la tobillera electrónica y la habilitación para transitar por espacios comunes del inmueble ubicado en la calle San José 1111 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las restricciones vigentes derivan de la condena dictada en la causa Vialidad, donde la ex jefa de Estado recibió una pena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Aquella sentencia determinó el confinamiento domiciliario que se ejecuta desde junio de 2025.
Los fundamentos de la mayoría en los tribunales de Retiro
La resolución sumó el respaldo de la mayoría del tribunal al sostener que las pautas fijadas para el cumplimiento de la pena privativa de la libertad no constituyen un daño de imposible reparación. El control de los movimientos mediante dispositivos electrónicos permanece bajo la órbita de supervisión del juez de ejecución asignado al control del proceso penal.
Los magistrados indicaron que las objeciones de la defensa técnica exponen divergencias de criterio con resoluciones anteriores pero no demuestran afectaciones reales a las garantías fundamentales consagradas en la Constitución Nacional.
La disidencia interna por los derechos de privacidad
La votación expuso una fractura en el criterio del tribunal de alzada. El voto en minoría cuestionó la severidad de los mecanismos de vigilancia activa dentro de la propiedad privada y advirtió sobre posibles excesos en la ejecución de la pena.
“Las restricciones impuestas respecto al uso de la tobillera y el régimen de visitas podrían afectar derechos fundamentales, como la privacidad, la intimidad y la igualdad ante la ley“, argumentó Mariano Borinsky, juez de la Cámara Federal de Casación Penal.
El revés judicial mantiene el statu quo del arresto. Los abogados patrocinantes de la ex presidenta conservan la potestad procesal de recurrir en forma directa al máximo tribunal del país mediante un recurso de queja por vía denegada, una instancia que estira los plazos de la discusión jurídica en el ámbito federal. (Agencia OPI Santa Cruz)