Citan a declarar a “Gordo Dan” y comunicadores libertarios

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La fiscalía porteña fijó una restricción de contacto personal y digital contra los comunicadores oficialistas luego de la audiencia en la que evitaron responder preguntas directas y presentaron su descargo por escrito.

La fiscal Celsa Ramírez, titular de la Fiscalía de Investigaciones Complejas, dictó una orden de alejamiento recíproca física y virtual contra el creador de contenido Daniel Parisini. La disposición cautelar respondió a la causa penal por incitación a la violencia y discriminación que impulsó el diputado nacional Esteban Paulón. La orden judicial prohíbe de forma taxativa el contacto personal y telemático entre las partes intervinientes mientras continúe el proceso.

El comunicador Mariano Pérez, imputado junto a Parisini, compareció ante la sede judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para cumplimentar la citación a declaración indagatoria ordenada en el legajo. Ambos acusados unificaron su representación legal, se negaron a declarar ante los secretarios actuantes y presentaron un escrito conjunto para responder a las imputaciones. La Fiscalía Especializada en Investigaciones Complejas incorporó el memorial de la defensa técnica para resolver el mérito de la acusación.

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La medida prohibitiva formalizada el 17 de septiembre de 2026 impide que Parisini y Pérez mantengan proximidad territorial o emitan menciones digitales sobre Paulón en redes sociales. Ramírez fundamentó la cautelar en la necesidad de resguardar la esfera personal del legislador ante las reiteradas publicaciones emitidas en plataformas virtuales. Cualquier transgresión a las pautas impuestas facultará a la justicia penal a imputar el delito de desobediencia a una orden judicial.

La denuncia de Paulón por hostigamiento y falsa imputación penal

El origen de la causa penal radica en las transmisiones del programa La Misa, emitido mediante la plataforma de streaming Carajo. En esas emisiones audiovisuales, los acusados relacionaron la orientación sexual del diputado del Partido Socialista con el abuso infantil y el delito de pedofilia. El escrito presentado ante la fiscalía acreditó que los hostigamientos incluyeron la publicación sistemática de agresiones en redes sociales como la frase textual “SIDA PARA VOS”.

La demanda impulsada por el parlamentario socialista delimita las opiniones políticas frente a la imputación de conductas tipificadas en el ordenamiento penal. Al ratificar el impulso procesal tras la audiencia, Paulón manifestó: “Me atacaron por ser gay, vinculándome con la pedofilia y el VIH. Lo denuncié. Ahora llegó el momento de que respondan por lo que hicieron”. La acusación sostiene que la campaña difamatoria persiguió el descrédito público y la estigmatización de su labor legislativa.

Paulón remitió inicialmente una carta documento con requerimiento de retractación pública que no recibió contestación de Parisini ni de Pérez. Posteriormente, el legislador llevó el caso al recinto de la Cámara de Diputados de la Nación para exponer los agravios durante el período de manifestaciones parlamentarias. La señal Carajo retransmitió aquel discurso parlamentario y reiteró los ataques contra el diputado en sucesivas emisiones del ciclo digital.

El pronunciamiento parlamentario y el avance de la causa judicial

La Comisión de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados de la Nación emitió un dictamen formal de repudio institucional en julio de 2025. El pronunciamiento parlamentario reunió las firmas de diputados de múltiples bloques partidarios y calificó las publicaciones como mensajes ofensivos y hostiles contra la diversidad. La resolución del cuerpo legislativo ingresó como elemento probatorio dentro del expediente penal que instruye la fiscalía.

Ramírez avanzará durante las próximas jornadas en la valoración del descargo escrito para determinar si clausura la etapa de instrucción preliminar. La titular de la fiscalía porteña debe resolver si existen elementos probatorios bastantes para elevar el requerimiento a juicio por discriminación e incitación al odio. Mientras prosigue la sustanciación procesal, la orden de alejamiento recíproca física y digital mantiene su plena vigencia restrictiva sobre los acusados. (Agencia OPI Santa Cruz)

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