El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 concedió la vía recursiva para revisar los embargos preventivos sobre inmuebles y activos societarios, mientras la Corte Suprema mantiene bajo análisis la procedencia del decomiso patrimonial.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 concedió un recurso de casación interpuesto por las defensas de Máximo Kirchner, Florencia Kirchner y Sebastián José Sánchez, director de las firmas Hotesur S.A. y Los Sauces S.A. La resolución judicial habilita la revisión de las medidas cautelares dictadas en el marco de la causa Vialidad, orientadas a ejecutar el decomiso preventivo sobre activos patrimoniales vinculados a los condenados en el proceso.
Los magistrados Rodrigo Giménez Uriburu, Andrés Basso y Jorge Gorini adoptaron la determinación tras los reclamos formulados por el letrado Luis Joel Goldin. Aunque el tribunal ratificó que las medidas cautelares no configuran una sentencia definitiva ni concluyen la acción penal, admitió el recurso al evaluar que los recurrentes invocaron perjuicios que, por su dimensión material y particularidades fácticas, adquieren un carácter de reparación imposible en instancias posteriores.
La estrategia defensiva expuso que la ejecución de embargos sobre bienes de las sociedades mercantiles desconoce su autonomía patrimonial y las sitúa en indefensión procesal previa al requerimiento fiscal definitivo. El letrado remarcó que existe una queja sin resolución ante la Corte Suprema de Justicia respecto a la tasación y legalidad del decomiso, advirtiendo que los actos preparatorios de desapoderamiento frustrarían cualquier pronunciamiento futuro del máximo tribunal sobre el departamento de calle San José 1111, oficinas en el complejo Madero Center y propiedades situadas en la provincia de Santa Cruz.
Las actuaciones procesales del tribunal oral respaldan la traba cautelar ejecutada a fines de agosto, que fijó un embargo global por $684.990.350.139,86 para asegurar los bienes hasta su decomiso final. Dicha medida accesoria deriva del fallo condenatorio dictado contra Cristina Kirchner, quien purga una condena de seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos, y cuya ejecución patrimonial permanecerá sujeta a la revisión de la Cámara Federal de Casación Penal. (Agencia OPI Santa Cruz)