El Gobierno simplifica Ganancias pero ARCA retiene los controles

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó este lunes la normativa anual que rige la liquidación y el ingreso del Impuesto a las Ganancias. La imposición legal recae de forma directa sobre las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el territorio nacional.

El Boletín Oficial difundió la Resolución General 5836/2026 que reglamenta el uso del denominado Régimen de Declaración Jurada Simplificada. El equipo económico ancló esta herramienta tributaria opcional en los parámetros que fija la Ley N° 27.799.

El Palacio de Hacienda bautizó a esta ingeniería legal bajo la denominación de “Inocencia Fiscal”. El sistema opera como un mecanismo recaudatorio diseñado para captar ahorros no declarados de los residentes e inyectarlos en el circuito financiero formal.

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Los contribuyentes que elijan esta modalidad operativa deben canalizar sus liquidaciones de manera íntegra desde el entorno digital oficial. El organismo recaudador exige ingresar al apartado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” y condiciona el avance del trámite a la titularidad de una Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o una categoría superior.

La sistematización del proceso invierte la lógica de la carga de datos. La flamante reglamentación impone las siguientes condiciones técnicas:

  • El organismo fiscal disponibiliza la información financiera preexistente en sus servidores.
  • La matriz de datos se nutre de la información que aportan responsables inscriptos y terceros.
  • El usuario audita los números precargados antes de autorizar la transmisión definitiva.
  • El sistema tributario autoriza al titular a ejecutar ajustes, modificaciones, incorporaciones o eliminaciones.

El marco normativo regula además el procedimiento de enmienda para los documentos ya consolidados. La resolución dicta que la presentación de declaraciones juradas rectificativas avanza exclusivamente a través del régimen general o del formato simplificado, en estricta correspondencia con la vía que el responsable eligió en la presentación original. (Agencia OPI Santa Cruz)

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