El Gobierno aplicará restricciones para la compra de dólares

El fuerte mensaje político de Hernán Lacunza que apuntó a Alberto Fernández: “Cualquier imprudencia sale cara”

08:00 – En un marco de elevada volatilidad con el dólar -que ya comenzaba a generar incertidumbre entre los ahorristas minoristas- y luego del “reperfilamiento” de la deuda, el Gobierno anunció que desde hoy impondrá una nueva regulación en el mercado de cambios.

Por: Francisco Jueguen

El Ministerio de Hacienda, el Banco Central (BCRA) y la AFIP informaron que las medidas oficiales buscan lograr “mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista”. En el Gobierno se apuraron en aclarar que ninguna persona o empresa estará limitada para extraer dólares de sus cuentas bancarias, no habrá impedimentos para las operaciones de comercio exterior ni tampoco restricciones para los viajes o compras en el extranjero.

Incluso, la entidad monetaria afirmó que extenderá el plazo de la atención en los bancos durante septiembre. Abrirán sus puertas de 10 a 17. Cerca de las autoridades, confiaron que tanto la oposición como el Fondo Monetario Internacional (FMI) estaban informados sobre las nuevas medidas de regulación dispuestas ayer por el Poder Ejecutivo.

Así, luego de la reprogramación de la deuda de corto plazo, y con decisiones que buscan regular la oferta y la demanda de dólares, la entidad que conduce Guido Sandleris contaría con mayor poder de fuego en una estrategia que se prevé, desde hoy, más agresiva. En el Banco Central no confirmaron si cambiarán o no su estrategia de intervención. Las nuevas normas influirán en el mercado local, pero no en el de EE.UU., donde es feriado.

La medida fue tomada a través del decreto 609 publicado en el Boletín Oficial y con la reglamentación A6770 del BCRA. En el primer artículo del decreto, el Gobierno busca acelerar la oferta de dólares a través de la obligatoriedad de liquidar divisas, una restricción que el propio Gobierno había eliminado. Los exportadores tendrán un plazo de cinco días hábiles para liquidar sus divisas luego de cobrar esa venta o de hasta 180 días corridos tras el permiso de embarque. Para las exportaciones de commodities será de 15 días tras ese mismo permiso. ¿Cuál de esas opciones regirá? La que se dé antes. Si se cobra la primera, sino la segunda. La medida regirá hasta el 31 de diciembre de 2019.

No es la primera medida que toma el Gobierno para impulsar a los grandes exportadores a volcar divisas privadas al mercado. En la semana, l es restringió el financiamiento en pesos con el objetivo de que el mismo llegue gracias a la venta de sus propios dólares. “Es la única medida que tomamos del lado del ingreso de los dólares. Es claro que no hay ninguna restricción para la importación o exportación”, dijeron en el Gobierno.

Como segunda medida, el BCRA puso un límite a la compra de dólares por parte de las personas físicas: no podrán adquirir divisas ni realizar transferencias al exterior por más de US$10.000 por mes. Si necesitan excederse de ese monto deberán pedir autorización al BCRA a través del banco privado o público en el que opere cada ahorrista. Según cálculos oficiales, la medida deja afuera al 90% de los argentinos que compran dólares.

En el Gobierno buscaron ayer sacar todo tipo de dudas a los ahorristas sobre la regulación con algunos ejemplos: “Quiero comprar 200 dólares ¿Tengo que pedir autorización a alguien?”, se preguntaron “No. No hace falta”, respondieron. Otro: “Quiero sacar los dólares en billetes de mi cuenta de ahorro del banco. ¿Puedo? Si, podés sin problema”.

Se podrán comprar normalmente dólares en las casas de cambio (hasta US$1000 en efectivo) o a través del homebanking (US$10.000). El BCRA mantendrá un registro de las compras de cada persona para conocer su límite. No hay restricciones para los viajes ni, por ejemplo, para comprar ropa en el exterior, en Amazon. “No hay ningún impuesto extra para las compras en el exterior. Tampoco por los trabajos realizados en el extranjero (esos dólares deben venderse en el mercado cambiario como cualquier exportación).

La compra de dólares será diferente para las personas jurídicas (las empresas). La adquisición de divisas para importaciones o pago de deuda no tendrán restricciones. Sin embargo, para atesorar, girar utilidades o precancelar deudas, las personas jurídicas requerirán permiso del BCRA. No habrá un monto definido para estos usos.

Otra de las medidas anunciadas por el Gobierno se relaciona al contado con liquidación, una operatoria financiera que se utilizó en el pasado para sacar dólares al exterior. Para evitar tal situación en la actualidad, se restringirá solo a los bancos. Esas entidades no podrán desde ahora comprar bonos contra dólares, explicaron fuentes oficiales. Por la tarde, Sandleris recibía a varios bancos argentinos para explicarles las medidas.

Además, el decreto de Hacienda habilita a los tenedores de algunos bonos (letes o lecap, entre otros) a que puedan usar esos papeles para cancelar deudas previsionales vencidas. A esos bonos, contaron fuentes oficiales, se los tomará a valor técnico. Son los pasivos que el Gobierno cuyo plazo “reperfiló” el ministro Hernán Lacunza la semana pasada. Se trata de una decisión que beneficiará a las personas jurídicas (empresas). En el mismo decreto, además, se puso claridad a las fuentes de información que los bancos deben tomar para diferenciar entre personas jurídicas y humanas con relación a los Fondos Comunes de Inversión (FCI), objetos de polémicas esta semana tras la reprogramación de la deuda. (La Nación)

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