Por: Francisco Jueguen
Según publica La Nación El Presupuesto 2021 no sólo determina en qué se va a gastar el Estado el dinero de los contribuyentes. Se toma otras atribuciones. El proyecto que tiene media sanción y deberá debatir el Senado esta semana modifica impuestos. Entre las polémicas beneficiadas aparecen las empresas públicas nacionales, que van a recibir un favor que muchas compañías privadas reclaman hace años: una baja considerable del llamado impuesto al cheque.
No hay nada oculto. El artículo 97 de la iniciativa oficial establece una reducción la alícuota ese impuesto al 2,5? para los débitos y créditos en cuentas bancarias de empresas prestadoras de servicios públicos, siempre que las mismas pertenezcan en un porcentaje no inferior al 80% al Estado Nacional. Esto significa que, del 1,2% del impuesto se ahorran más de la mitad: 0,7%. La alícuota que seguirán pagando el resto será la misma establecida en 2001: 6?
Entre los beneficiados aparecerán firmas como Aerolíneas Argentinas, Fadea, Ieasa (la ex Enarsa) o incluso AYSA, entre otras. Además, deben resaltarse dos cuestiones significativas a tener en cuenta: primero, el 100% del impuesto al cheque financia a la Anses, por lo que esta decisión implicará menos fondos para el organismo de los trabajadores y jubilados. Segundo, la rebaja de impuestos será para aquellas firmas cuyo “capital social de la sociedad concesionaria pertenezca en un porcentaje no inferior al ochenta por ciento (80%) al Estado Nacional”. Esto implica que las empresas públicas provinciales no recibirán este beneficio.
Fuentes del Palacio de Hacienda aseguraron a este medio que esa idea no surgía del proyecto oficial enviado por Martín Guzmán al Congreso. “Fue un clamor de varios diputados en la noche última de aprobación del dictamen. Llegó la propuesta cocinada. Muchos diputados la apoyaron”, contó alguien que conoce los números al detalle. En la oposición afirmaron que fue impulsado por el oficialismo, particularmente “por algunos interesados en AYSA”, afirmaron. “Es una forma de bajar subsidios a empresas públicas sin bajarlos”, cuestionaron.
Pero no es la única modificación en el presupuesto que atañe a los impuestos, nuevos y viejos. Como ya se conoce, habrá rebajas impositivas por el Plan Gas, cambios en los impuestos internos para los electrónicos, el mantenimiento por un año de la tasa de estadística para importaciones, una “contribución obligatoria” para las aseguradoras, impuestos a la realización de apuestas y hasta la posibilidad del Ejecutivo de crear áreas aduaneras o zonas francas.
“Si bien el mensaje de presupuesto enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso de la Nación indicaba que la política tributaria no sería sustancialmente modificada al tratar los recursos y gastos del año próximo dado que, según el mismo documento, se encuentra pendiente la remisión de una nueva reforma tributaria (que en palabras del gobierno vuelve a aumentar la presión fiscal), el Congreso de la Nación ha decidido realizar importantes cambios en materia tributaria, demostrando una vez más que la llamada ‘ley de leyes’ ha tomado la costumbre de ser la excusa para incorporar diversos cambios en materia tributaria”, concluyó un informe del estudio Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc. Los dos primeros técnicos fueron secretarios de Política Tributaria en tiempos de Mauricio Macri en el poder.
Mas impuestos tras diputados
Los cambios introducidos en la Cámara de Diputados tuvieron un impacto recaudatorio. Habrá ingresos nuevos por $13.289,6 millones, según un informe de la Oficina de Presupuesto de Congreso (OPC) de este mes. En la cámara baja se incluyeron una contribución obligatoria de 0,5% de las primas de seguro automotor (artículo 95); un impuesto del 3? sobre primas de seguro, excepto vida (artículo 101), que no podrá trasladarse a los tomadores y que sumará dinero al Fondo del Manejo del Fuego, y los aumentos de los impuestos internos a los productos electrónicos (artículo 110). Este último, más bien una ventaja diferencial hacia los negocios en Tierra del Fuego, recaudará -según la OPC- unos 9722,7 millones de pesos.
Hay otras modificaciones impositivas que vienen de origen cuentan Edelstein, Mariscal, Torassa & Asoc. El artículo 63 regula el cobro de roamming en Chile; por otro lado, además se traslada la responsabilidad de fijar intereses fiscales -resarcitorios, punitorios, por recursos de repetición, entre otros- al Ministerio de Economía, tanto los establecidos en materia impositiva como también aduanera (artículo 64); también se define la prórroga por un año el plazo para la alícuota del 3% en concepto de Tasa de Estadística sobre importaciones (hasta diciembre de 2021). Los especialistas detallan que se establece que un 10% de lo recaudado por este concepto se asignará de la siguiente manera: 30% para líneas de crédito del Banco Nación; otros 30% para el BICE; mientras que el 40% restante irá a un fondo específico de subsidio de tasa a asignar en “función a criterios regionales y federales”, según la norma propuesta.
Una de las grandes apuestas oficiales es el Plan Gas (artículos 89 y 90). Allí, el Gobierno establece la posibilidad de emitir certificados fiscales en moneda extranjera a favor de empresas que se inscriban en el Plan de Incentivos a la Producción de Gas.
“Dichos beneficios serán aplicables a la cancelación de las deudas impositivas que mantengan los beneficiarios del plan -productores de hidrocarburos-, y podrán ser utilizados por las empresas, siempre que vencido el plazo de pago de las compensaciones las mismas no hubieran sido canceladas”, indicaron los especialistas en impuestos.
Básicamente, las empresas petroleras dispondrán de una especie de seguro de cambio que servirá sólo para pagar impuestos nacionales, pero no provinciales. Por eso, esos artículos agregan un detalle más: “Se autoriza al Jefe de Gabinete a realizar compensaciones a favor de las provincias y CABA, cuando este beneficio afecte recursos coparticipables”. El Gobierno informó que los incentivos para financiar el plan rondarán los US$1200 millones.
Por otra parte, el presupuesto incluye una suba de impuestos sobre la realización de apuestas (ley 27.346). Más detalladamente, grava las apuestas y juegos de azar efectuados en el país a través de cualquier tipo de plataforma; la alícuota general aumentará de 2% a 5% del valor bruto de la apuesta, reduciéndose al 50% cuando intervengan sujetos vinculados a la explotación de la actividad que tengan inversiones genuinas en el país vinculadas a dicho rubro, e incrementándose un 10% o 15%, cuando el sujeto sea del exterior; lo producido irá en un 5% a ARSAT y en un 95% restante será coparticipable.
Por último, el Gobierno -a través del artículo 123- faculta al Poder Ejecutivo a constituir áreas aduaneras especiales o zonas francas “en lugares donde se verifique comercio bilateral”. Algunos vincularon esa decisión a alguna desprolija iniciativa previa en Misiones. “Va a ser como los registros del automotor”, cuestionaron otros desconfiados sobre la política. (La Nación)