Pese a los juegos dialécticos de Cristina Kirchner, la doctrina de la Corte la habilita a ser candidata hasta que su condena quede firme

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Según publica Clarín La vice dijo en la carta que no se presenta por temor a que el máximo tribunal la inhabilite por su condena a 6 años de prisión. Pero la Corte, en el caso de Carlos Menem, sentó jurisprudencia para que cualquier candidato se presente hasta que su pena quede firme.

Por: Daniel Santoro

Cristina Kirchner afirmó en su carta que la Corte puede dictar un fallo inhabilitándola como candidata, pero la doctrina del máximo tribunal en el caso Carlos Menem del 2017 dispuso que cualquier candidato puede presentarse a elecciones hasta que su condena quede firme con un doble conforme.

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En la carta la vicepresidenta, escribió que no se presenta como candidata por temor a que los miembros de la Corte “dicten un fallo inhabilitándome o directamente sacándome cualquier candidatura que pueda ostentar, para dejar al Peronismo en absoluta fragilidad y debilidad frente a la contienda electoral”.

Cristina Fernández de Kirchner en Río Negro - Foto: NA

Y puso como contexto la suspensión de las elecciones en Tucumán y San Juan por los intentos re reeleccionistas de sus gobernadores peronistas.

Sin embargo, el 22 de agosto de 2017, en la causa caratulada “Acosta, Leonel Ignacio su impugnación de precandidatos elecciones primarias – Frente Justicialista Riojano” número 6871, la Corte dispuso lo contrario a lo que afirma la ex presidenta y creó una doctrina que puede invocar cualquier candidato.

El fallo dice que “se hace lugar a la queja (de Menem), se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada”. Además, con la firma de Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton ordenó que la causa vuelva “al tribunal de origen a efectos de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente”.

Frente a las PASO del 2017 Menem tenía una condena a 7 años de prisión y 14 de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de contrabando agravado de el caso de la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia que investigó Clarín.

La oposición riojana abrió una causa en el fuero electoral y sostuvo que no podría presentarse como candidato a una tercera postulación como senador por esa condena de un tribunal oral. Luego la Cámara Nacional Electoral aceptó la impugnación.

Pero, primero una cámara subrogante integrada por los entonces camaristas federales penales Jorge Ballestero, Martín Irurzun y Eduardo Farah revocaron esa impugnación y luego la Corte confirmó la habilitación del ex presidente.

Menem había ganado las PASO del 13 de agosto de 2017, con casi diez puntos de diferencia por sobre el ex ministro de Defensa Julio Martínez, el candidato de Cambiemos, la alianza oficialista liderada por el presidente Mauricio Macri.

El riojano pudo participar de las PASO pese al fallo en su contra de la Cámara Electoral porque este mismo tribunal admitió que no había tiempo material para imprimir nuevas boletas sin su nombre y su rostro.

El fallo, dictado seis días antes de las PASO, fue apelado por los abogados del Partido Justicialista y anulado luego por los cinco ministros de la Corte en un texto con críticas a los camaristas electorales Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via.

Para la Corte la condena a Menem no tenía el “doble conforme” que fijan los estándares internacionales en materia penal, entre otras consideraciones.

En un fallo de ocho páginas, la Corte resolvió que entre otras cuestiones la Cámara Nacional Electoral no había considerado las garantías que rodean el proceso penal. En particular la revisión de las sentencias con ese doble conforme.

“Esta solución es consistente con el carácter revisor de la jurisdicción apelada conferida al Tribunal por la Constitución Nacional puesto que no puede pretenderse el dictado de un pronunciamiento final sobre aquellas cuestiones federales que no han sido ponderadas por los tribunales ordinarios que intervienen en el proceso”, escribió la Corte.

Entonces, la Corte confirmó que quedaba sin efecto la inhabilitación y ordenó que se dicte una nueva sentencia en el caso de la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia.

Cristina sostuvo que la Corte la inhabilitaría por la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, pero la jurisprudencia indica exactamente lo contrario hasta tanto no haya condena firme.

Es decir, que recién no podrá ser candidata cuando el fallo del Tribunal Oral Federal 2 sea eventualmente confirmado por la Cámara Federal de Casación Penal y luego por la Corte, en un proceso que tardará no menos de un año.

Ese tribunal penal recién la semana pasada confirmó a dos de los tres miembros (Mariano Borinsky y Gustavo Hornos) de la sala que revisará el fallo y aún debe sortear a un tercero porque aceptó la excusación de Javier Carbajo.

Además, la defensa de Cristina puede pedir una serie de recursos que demorarían aún más el fallo que confirme, rechace o cambie la condena.

En la carta, Cristina afirmó en cuanto a este punto en forma textual:

“La semana pasada, después de un fin de semana electoralmente adverso para Juntos por el Cambio y objetivamente favorable para el peronismo, la Corte suspendió las elecciones a gobernador de las provincias de Tucumán y San Juan, a tan sólo 72hs del comienzo de la veda electoral y con un claro objetivo político: perjudicar al peronismo y tapar sus propios delitos. El mismo día y a la misma hora en que dictaban este fallo, en la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados de la Nación se estaban denunciando tanto el escándalo de la obra social del Poder Judicial que involucra a uno de los miembros de esta Corte, como el del enriquecimiento ilícito de su Presidente. Todos y cada uno de estos hechos los mencioné el 18 de julio del 2022 en el documento “De la corte ejemplar a la corte de los cuatro: breve crónica de la decadencia”.

Es que cuando hablé de proscripción en diciembre de 2022, no era en ejercicio de artes adivinatorias, sino con la comprensión de la etapa histórica que estamos atravesando. Así como tres personas lo hicieron con las provincias de Tucumán y San Juan, no tengan dudas de que lo harán contra mi persona con el fin de evitar que el Peronismo pueda participar del proceso democrático, o bien debilitarlo, conduciéndonos a un callejón sin salida”.

Ya lo dije el 6 de diciembre del 2022. No voy a ser mascota del poder por ninguna candidatura. He dado muestras, como nadie, de privilegiar el proyecto colectivo sobre la ubicación personal. No voy a entrar en el juego perverso que nos imponen con fachada democrática para que esos mismos jueces, encaramados hoy en la Corte, dicten un fallo inhabilitándome o directamente sacándome cualquier candidatura que pueda ostentar, para dejar al Peronismo en absoluta fragilidad y debilidad frente a la contienda electoral. Los hechos recientes me han dado la razón”. (Clarín)

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