El Poder Ejecutivo Nacional modificó el régimen legal para la designación de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General y el Defensor General de la Nación mediante un decreto que elimina los filtros administrativos previos. La reforma suprime instancias de exposición pública y reduce drásticamente los plazos de control sobre los candidatos antes del envío de los pliegos al Senado de la Nación.
El Decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial, altera las estructuras fijadas por los decretos 222/03 y 588/03. La nueva normativa lleva la firma del Ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y establece que el proceso de selección prescindirá de la instancia de impugnaciones ciudadanas que se gestionaba ante la cartera judicial.
A partir de esta disposición, la difusión de los antecedentes de los aspirantes se limitará a los portales web oficiales. Los nominados tendrán un plazo de cinco días para presentar sus declaraciones juradas patrimoniales, las cuales deben incluir los bienes de cónyuges, convivientes e hijos menores.
El mismo límite temporal de cinco días regirá para que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) remita los informes fiscales de los postulantes. El texto oficial de Juan Bautista Mahiques impone el resguardo del secreto fiscal durante este proceso de verificación.
La reforma omitió incluir los criterios de diversidad de género, especialidades jurídicas y procedencia geográfica que exigía el marco legal anterior. Aquellas pautas orientaban la conformación de la Corte Suprema de Justicia bajo parámetros de representatividad federal. (Agencia OPI Santa Cruz)