(Por: Rubén Lasagno) – Lo que ocurrió en Servicios Públicos Sociedad del Estado, detallado con precisión extrema en el documento al cual tuvimos acceso, es realmente sorprendente por la forma de actual del Presidente y el Directorio ante empleados infieles oportunamente acusados de cometer delitos y al cabo de un tiempo descubrimos, no solamente que SPSE no hizo los sumarios respectivos ni las denuncias penales correspondientes, contra aquellos que la propia empresa y el mismo Gobernador Claudio Vidal acusaron públicamente, sino que lo premiaron.
El delito cometido
Para entender de qué hablo voy a hacer una breve reseña de los hechos ocurridos en Caleta Olivia con el “negocio del agua”, por cuanto algunos empleados de la empresa de servicios “vendían en camiones y en forma particular” el agua que envasaban desde los pozos que regula y controla SPSE, en plena crisis de sequía domiciliaria como ocurre desde hace 30 años en zona norte, sin ningún tipo de solución a pesar de los milines de millones de pesos que los gobiernos han gastado.
Esto ocurrió en el mes de junio del 2024 en delitos que involucraron al ex gerente del distrito Diego Flores y al entonces gerente de la planta de osmosis inversa (desalinizadora de aguar de mar) de Caleta Olivia Noel Pat junto a otros funcionarios con altas responsabilidades tales como Gonzalo Varela, Julio Flores, Claudio Ocampo, Rubén Peña, Sofía Saldivia, Valentina Pérez y Carlos Fernández.
“Si no hay agua para mis vecinos, mucho menos para los negocios. Se terminó la joda“, expresó el gobernador Claudio Vidal, luego de ordenar nueve sumarios administrativos y consiguientes despidos a integrantes del cuerpo jerárquico de la gerencia distrital Caleta Olivia de Servicios Públicos Sociedad del Estado, expresaron los medios en ese momento.
¿Y qué pasó?
Recientemente cayó en nuestras manos un acta notarial cuyo objetivo principal es formalizar y dejar constancia legal de un “despido sin causa” en la empresa Servicios Públicos Sociedad del Estado.
El documento al que accedimos se trata de una “notificación fehaciente” (con valor legal probatorio) realizada por medio del escribano público Raúl Gastón Ignao para asegurar que el destinatario, en este caso Claudio Oscar Ocampo (hasta ese momento empleado de SPSE) reciba formalmente la comunicación de despido.
La empresa “Servicios Públicos Sociedad del Estado” representada por su presidente, Matías Cortijo notificó a Claudio Oscar Ocampo de la desvinculación laboral inmediata del empleado a partir del 19 de marzo de 2026, bajo la figura de “despido sin causa” (amparado en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo argentina, que regula la indemnización por antigüedad).
El documento en nuestro poder, establece tres directrices concretas tras el despido El empleado debe reintegrar cualquier elemento de la empresa que tenga en su poder. En el mismo acto le informan al empleado que se le depositará en su cuenta una suma indemnizatoria y de liquidación final de $143.987.969,55 y ponen a su disposición los certificados de servicios y aportes de ley.

En resumen, el documento notarial analizado es el instrumento legal mediante el cual SPSE, empresa del Estado, notifica a un trabajador Claudio Ocampo el fin de su relación laboral de manera unilateral, informándole el monto millonario de su indemnización y los pasos administrativos a seguir.
Pero hay un problema Claudio Ocampo figura en la lista de empleados infieles que mencionamos al principio y que tanto la presidencia de SPSE y el propio gobernador, culparon de los delitos de venta de agua y prometieron echar de la empresa.
¿Sin causa después de haber cometido un delito?
La principal contradicción es que SPSE despidió en el año 2026 a un empleado infiel que en el 2024 cometió un delito dentro de la misma empresa y a pesar de los dos años transcurridos, aparentemente, el directorio no encontró elementos que haga punible la conducta de Ocampo. Claro, si esto fuera así la pregunta que nos hacemos es ¿Y entonces, por qué lo echó?.
En relación con esto y de acuerdo a las fuentes y al análisis que hemos hecho con ayuda legal, tenemos algunas teorías al respecto:
Que un empleado público involucrado en un ilícito manifiesto termine siendo despedido “sin causa” y cobrando una indemnización millonaria, generalmente responde a fallas, omisiones o decisiones calculadas dentro de los engranajes legales de la empresa estatal.
Para despedir a un empleado “con causa” amparándose en un delito o falta grave, SPSE está obligada a instruir un sumario administrativo previo que garantice el derecho a defensa.
Los sumarios tienen plazos legales estrictos. Podría ser que la oficina de legales de SPSE “haya dormido” el expediente desde 2024, hasta que el sumario caducó, la otra posibilidad es que nunca se haya iniciado.
Si el sumario se hizo mal, con errores técnicos, no puede utilizarse como base para el despido. Ante la falta de un sumario concluido y firme, la empresa pierde la herramienta administrativa para justificar el despido, viéndose obligada a usar la figura “sin causa” si desea desvincular a la persona. Esto, obviamente, puede constituir un plan premeditado para sacarse de encima al empleado, pero a costa del erario público, porque si cometió un ilítico y se hicieron lo procedimientos internos correspondientes y se lo hubiera denunciado penalmente, lo podrían haber echado sin pagarle un centavo.
De acuerdo a la ley el robo o venta ilegal de bienes del Estado (como el agua en camiones de Caleta Olivia) configura un delito penal como peculado, defraudación a la administración pública, etc, sin embargo, en el fuero laboral prima el principio de inocencia.
Si la justicia penal de Santa Cruz no avanzó, no procesó o no dictó una condena firme contra Ocampo en estos dos años, SPSE se expone a perder un juicio laboral si lo despide alegando un delito no probado judicialmente. Ante la lentitud judicial, la administración a veces prefiere “cortar por lo sano” pagando, antes que esperar años un fallo que les permita echarlo gratis, lo cual no es éste el caso.
En muchas estructuras estatales, cuando un escándalo involucra a mandos medios u operativos que podrían exponer responsabilidades de superiores jerárquicos, la desvinculación “sin causa” funciona como una salida negociada, lo cual configuraría lo que ha pasado en este caso.
De esta manera los funcionarios a cargo de SPSE se garantizan el silencio y la paz social a cambio de la liquidación total de la indemnización que marca la ley. Y el caso de Claudio Ocampo conforma una irregularidad de este tipo ya que por fuentes de la propia empresa de energía, sabemos que Ocampo ni siquiera fue notificado vía telegrama en su domicilio como exige la ley.
En definitiva, lo que el documento notarial deja en evidencia es que las promesas mediáticas de sanciones de 2024, tanto del Presidente de SPSE como del propio Gobernador, no se tradujeron en las acciones legales correspondientes, derivando en que la desvinculación deba pagarse con fondos públicos a precio de ley.
Claudio Ocampo fue acusado de delitos graves dentro de SPSE, no tuvo sumarios, a pesar de los cargos gravísimos no fue denunciado penalmente y por el contrario fue despedido irregularmente con una indemnización de casi 150 millones de pesos.
El origen de la medida
El 27 de junio del 2026 en OPI Santa Cruz publicamos un pacto de confidencialidad que implementó Servicios Públicos para enmudecer a los empleados e impedirles que miren, cuenten, hablen y digan lo que pasa en la empresa.
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Ahora, a partir del caso de Claudio Ocampo, desde adentro del propio directorio nos indicaron que este documento de confidencialidad que le obligan a firmar a todo el personal, fue el motivo fundamental para tomar esa decisión, por las filtraciones que han existido alrededor de este tema tan grave donde ni siquiera hubo sumario interno y, como explicamos anteriormente, todo parte de un acuerdo entre la empresa y el empleado, que vaya a saber por qué motivos oscuros nunca revelados, logró que su salida fuera “limpia y sin antecedentes” y premiada con una indemnización de 150 millones de pesos, que de haber sido investigado y encontrado culpable, a SPSE nunca le hubiera correspondido pagar. (Agencia OPI Santa Cruz)