En la provincia de las paradojas, el juez que hoy resuelve contra el endeudamiento de los municipios, cuando fue intendente, era deudor compulsivo

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(Por: Rubén Lasagno) – Solo a los fines de marcar lo que siempre vengo observando en la clase política provincial, que es la paradoja permanente y más crudas que se generan en el ejercicio del poder y la debilidad institucional que exponen, es que quiero resaltar, una vez más, la trayectoria de un dirigente que ha transitado desde el Ejecutivo municipal hasta la máxima instancia judicial de la provincia y precisamente, es en ese derrotero, donde me permite observar cómo mutan las lealtades y las prioridades de gestión según el sillón que se ocupe.

El contraste que deseo marcar en esta oportunidad se refiere a las dos acciones política que genera el actual Juez del STJ Sergio Acevedo, quien como intendente de Pico Truncado retuvo aportes y no los depositó en las respectivas Cajas y hoy como Vocal en la Justicia avala judicialmente el cobro forzoso de las deudas generadas por los municipios (incluyendo Pico Truncado).

Sergio Acevedo tuvo varios cargos, fue vicegobernador y diputado, pero lo que resalta en esta historia es que se desempeñó como Intendente de Pico Truncado entre 1983 a 1987 y luego repitió el cargo entre 1991 y 1995.

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Como se puede apreciar en el cuadro de deuda histórica de los municipios que tenemos en nuestro archivo, la municipalidad de Pico Truncado a su cargo, fue una deudora más de los aportes que retenía al personal y no lo depositaba en las cuentas públicas de la Obra Social (CSS) y de previsión.

De acuerdo a los datos históricos, entre 1990 y 1995 la municipalidad de Pico Truncado acumuló una deuda de  $ 2.450.084,98.

Durante el año 1995 regía la Ley de Convertibilidad, por lo que la paridad monetaria establecía que 1 peso equivalía a 1 dólar estadounidense. Por lo tanto, teniendo en cuenta que la deuda original consolidada era de $ 2.450.084,98 la equivalencia en dólares (1995) era de USD 2.450.084,98.

En la provincia de las paradojas, el juez que hoy resuelve contra el endeudamiento de los municipios, cuando fue intendente, era deudor compulsivo
En la provincia de las paradojas, el juez que hoy resuelve contra el endeudamiento de los municipios, cuando fue intendente, era deudor compulsivo

Para que el capital no pierda su valor real, se debe considerar que el dólar también sufre inflación. De acuerdo a los registros históricos la inflación acumulada en Estados Unidos desde 1995 hasta 2026 arroja una diferencia de precios del 119,90%.

Aplicando este ajuste porcentual, obtenemos el valor del capital llevado al presente el valor actualizado al 2026 en dólares que sería de USD 5.387.736,87. Y si a esto lo pesificamos en virtud del valor actual del dólar a $ 1.510,00, el total de la deuda (hasta ese momento) actualizada en pesos es de $ $ 8.135.482.673,70, solo de los montos correspondientes a los años 1990 y 1995.

El mecanismo

En el esquema municipal de Santa Cruz, la retención de aportes previsionales y de obra social ha sido históricamente una herramienta (irregular e ilegal) utilizada como variable de ajuste por todos los intendentes quienes frente a déficits estructurales, priorizan el pago de salarios líquidos para mantener la paz social, financiándose de facto con las cajas provinciales. En ese rol, la prioridad ha sido mantener la gobernabilidad local, asumiendo que el costo político e institucional de no aportar sería absorbido por el propio sistema (¿?).

Desde el Superior Tribunal de Justicia (TSJ), el imperativo, la óptica y el comportamiento de los actores, cambia diametralmente. El fallo que permite retener fondos coparticipables responde a una necesidad del gobierno de Claudio Vidal de sanear las cajas o, al menos, de ejercer presión y control financiero sobre los municipios. En este caso, el hoy Vical del STJ Sergio Acevedo, ya no responde a los vecinos de Pico Truncado, sino al entramado de poder provincial y a la letra de la ley que, desde esta nueva posición, sí resulta conveniente aplicar con rigor.

Sergio Acevedo ahora de SER Santa Cruz

Sin duda el sistema permite que los actores se desvinculen de su historial administrativo como una especie de “amnesia institucional”. No existe un filtro de antecedentes que inhabilite a quien generó deuda con el Estado para convertirse luego en quien defiende al Estado de los nuevos deudores. Y esto es lo que ha pasado en esta nueva paradoja donde el mismo que antes retenía, no depositaba y era deudor desde el municipio, hoy falla en contra de ese delito precedente y autoriza al gobierno a castigar a los intendentes que siguen aplicando el mismo procedimiento ilegal que fundó (entre ellos Acevedo) la aplicación de esta anomalía institucional gravísima que se mantiene en el tiempo.

Pragmatismo puro

Aquí la política aplica el pragmatismo de una manera descarada, lo que yo personalmente llamo de otra manera: impunidad. Es un uso instrumental del Estado por el cual, la norma se flexibiliza cuando se es deudor y se vuelve estricta cuando se es acreedor o garante del acreedor (la provincia).

El TSJ en este caso actúa como una herramienta de ordenamiento macroeconómico para el Ejecutivo provincial. El hecho de que un exintendente firme este fallo envía un mensaje político claro al resto de los jefes comunales: el poder central ahora tiene el aval legal para disciplinarlos financieramente, independientemente de las prácticas pasadas de quienes hoy imparten esa justicia. Esto connlleva otro mensaje oculto: “Si no hay endeudamiento, la pueden pasar mal”.

La dualidad en el comportamiento de Sergio Acevedo, no es un simple cambio de criterio jurídico; es el síntoma de un coto de caza diseñado para garantizar la impunidad retroactiva y la conveniencia presente en el ecosistema político de nuestra provincia.

Como intendente, la retención de los fondos de las cajas sociales operó como una palanca para la propia gestión, apostando a un esquema que rara vez castiga a los deudores del Estado. Hoy, investido como vocal del máximo tribunal, se legitima el castigo a quienes replican esa misma mecánica, actuando de manera funcional a la necesidad del gobierno provincial de recuperar el control sobre esos fondos.

La conclusión de fondo es que en esquemas de baja calidad institucional como el santacruceño, la moralidad administrativa es móvil. La ley no opera como un principio universal de cumplimiento ineludible, sino como una herramienta de disciplina que se ejerce de arriba hacia abajo.

Este escenario, como otras veces lo he apuntado en mis columnas, demuestra cómo el entramado estatal puede ser utilizado para licuar las responsabilidades del pasado mientras se condena, con todo el peso de la jurisprudencia, a quienes cometen esas mismas infracciones en el presente. Eso está ocurriendo hoy en Santa Cruz, le pese a quien le pese y le guste o no a quien sea que lea este informe. (Agencia OPI Santa Cruz)

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