Juicio por YPF queda sin condena previa en Nueva York

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La magistrada cerró la primera instancia en Nueva York tras el fallo de alzada que anuló la condena por más de US$ 16.000 millones y derivó la definición a la Corte Suprema estadounidense.

La jueza federal del distrito sur de Nueva York, Loretta Preska, resolvió dejar formalmente sin efecto su sentencia condenatoria contra la República Argentina y declaró concluida la etapa de primera instancia en la causa por la estatización de YPF. La determinación judicial acató el pronunciamiento previo de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito, desactivando la orden dictada en 2023 que fijaba una compensación de US$ 16.100 millones, pasivo que sumado a los intereses acumulados superaba los US$ 18.000 millones.

El archivo del litigio en los estrados neoyorquinos responde al criterio adoptado por los camaristas Denny Chin y Beth Robinson, frente a la disidencia de José Cabranes, quienes invalidaron la sentencia de grado por una indebida aplicación del derecho argentino durante la expropiación efectuada en 2012. El tribunal de alzada determinó que la legislación expropiatoria nacional bloquea demandas de terceros que interfieran en el proceso de expropiación, ratificando además que el estatuto constitutivo de la petrolera no configura un contrato bilateral entre accionistas que justifique reclamos por daños.

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La revisión en la justicia federal ordinaria quedó concluida luego de que el plenario de la Cámara desestimara una reconsideración general, lo que trasladó la definición a la Corte Suprema de Estados Unidos. La empresa demandante, el fondo de financiamiento de litigios Burford Capital, patrocinante de los ex accionistas Petersen Energía, Petersen Energía Inversora y Eton Park, formalizó la presentación de un recurso extraordinario de certiorari ante el máximo tribunal de ese país.

Burford Capital denunció en su apelación que la sentencia de la Cámara resultó “gravemente errónea, totalmente sin precedentes y de consecuencias extremadamente relevantes“, buscando forzar el tratamiento del expediente. La admisión del recurso no constituye una obligación para el tribunal supremo estadounidense, el cual recepta anualmente entre 7.000 y 8.000 peticiones pero concede la apertura de revisión a únicamente 80 casos, sin un cronograma legal establecido para emitir su resolución.

La operadora financiera abrió en paralelo una vía de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), entidad dependiente del Banco Mundial, en representación de las sociedades del Grupo Petersen. (Agencia OPI Santa Cruz)

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